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El 1 de octubre entran en vigor las nuevas normas de circulación

El 1 de octubre entran en vigor las nuevas normas de circulación

El 1 de octubre de 2026 marca un antes y un después en las carreteras y calles españolas. Ese día empieza a aplicarse el Real Decreto 518/2026, aprobado el 24 de junio y publicado en el BOE dos días después, que introduce la reforma más profunda del Reglamento General de Circulación en más de dos décadas. Han pasado más de veinte años desde el reglamento de 2003, y en ese tiempo la forma de movernos ha cambiado por completo: donde antes había coches y camiones, hoy conviven patinetes, bicicletas de reparto, motos y peatones compartiendo un espacio que no estaba pensado para todos ellos.

El cambio de enfoque es lo que define esta reforma. Si el reglamento anterior ponía el foco en la carretera y el vehículo, el nuevo lo pone en las personas y en los entornos urbanos. La norma incorpora por primera vez una definición legal de usuario vulnerable de la vía, que engloba a peatones, ciclistas, usuarios de vehículos de movilidad personal, motoristas y ciclomotoristas. A partir de ahí se despliega todo un conjunto de obligaciones nuevas que conviene conocer antes de que empiecen a exigirse.

Qué cambia para ciclistas, patinetes y motoristas

Una de las medidas con más impacto afecta a los adelantamientos en vías interurbanas. Quien adelante a un ciclista deberá hacerlo circulando 20 kilómetros por hora por debajo del límite del tramo, además de respetar la distancia lateral mínima de metro y medio que ya estaba en vigor. Es una obligación que endurece de forma clara las condiciones del adelantamiento y que, además, tendrá consecuencias jurídicas: no cumplirla amplía las posibilidades de que se determine la culpa del conductor en caso de accidente.

Los ciclistas que desarrollen una actividad profesional, como los repartidores, deberán usar casco durante toda su jornada laboral. También se establece la obligación de chaleco reflectante de alta visibilidad para conductores profesionales de motocicletas, ciclomotores, bicicletas y vehículos de movilidad personal, en cualquier tipo de vía.

Para los usuarios de patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad personal, las novedades son igualmente relevantes. El casco pasa a ser obligatorio, se fija una edad mínima de quince años para conducirlos y queda absolutamente prohibido circular por las aceras, algo que en la práctica ya regulaban muchos ayuntamientos pero que ahora tiene respaldo estatal. En situaciones de baja visibilidad deberán llevar elementos luminosos o reflectantes visibles a 150 metros. La prohibición de circular por vías interurbanas se matiza: se permitirá hacerlo por vías ciclistas o por aquellas donde esté vetada la circulación de vehículos a motor, salvo que la señalización indique lo contrario.

En cuanto a las motocicletas, conductores y pasajeros deberán utilizar guantes de protección en vías interurbanas y calzado cerrado que cubra todo el pie en cualquier tipo de vía. Estas obligaciones se extienden también a los ciclomotores, y su incumplimiento se considera infracción grave con multa de 200 euros. Como contrapartida, se permite la circulación por el arcén en situaciones de congestión, una medida largamente reclamada por el colectivo motorista que busca separarlos del resto del tráfico en los atascos.

La bicicleta gana espacio y llega el corredor de emergencia

En el ámbito urbano, la bicicleta se consolida como vehículo prioritario. Circulará por la calzada y preferentemente por el centro del carril, salvo que existan carriles específicos para ella. Los vehículos a motor deberán mantener cinco metros de distancia de seguridad respecto a la bicicleta que les preceda, y se permitirá a los ciclistas rebasar vehículos por ambos lados para acceder a las zonas de espera adelantada en los semáforos.

Especialmente novedosa resulta la autorización para que las bicicletas circulen en ambos sentidos en calles de un único carril limitadas a 30 kilómetros por hora o menos, siguiendo un modelo ya implantado en numerosas ciudades europeas.

El decreto también define por primera vez el corredor de emergencia y detalla cómo debe formarse en autopistas y autovías cuando se produce una retención, para facilitar el paso de ambulancias, bomberos y policía. Es el equivalente español del Rettungsgasse alemán, un sistema que ha demostrado salvar vidas al reducir los tiempos de llegada de los servicios de emergencia.

A esto se suman nuevas herramientas para los ayuntamientos, que podrán implantar caminos escolares seguros y adoptar medidas específicas de calmado del tráfico en las proximidades de centros educativos, hospitales y residencias.

No todas las obligaciones serán exigibles desde el primer día. Dos medidas concretas cuentan con una moratoria de un año y no entrarán en vigor hasta octubre de 2027. Se trata de la obligación de alumbrado permanente en los vehículos de movilidad personal y de la exigencia de casco homologado, y no solo certificado, para los motoristas.

La entrada en vigor exige una adaptación rápida por parte de administraciones, profesionales y ciudadanía. Desde el sector se insiste en la necesidad de desplegar campañas informativas amplias y accesibles, con las policías locales desempeñando un papel decisivo para garantizar una aplicación homogénea en todo el territorio. Porque una norma solo mejora la seguridad vial si quienes deben cumplirla saben exactamente qué se les pide.

 

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